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Marriage Certificate of Jesus Cavazos and Juana Castro, December 15, 1880, Nuevo Laredo, Tamaulipas, Mexico.

(This is a copy taken from the original record, and the original spelling and punctuation have been retained)

Muncipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas. En nombre de la Rep™blica de MÈxico y como Oficial del Registro Civil de este lugar, hago saber a los que el presente vieren y certifico: Que en el libro de MATRIMONIOS n™mero 1 Uno del aÒo de 1880 se encuentra una acta del tenor siguiente.-


Al margen.- acta n™mero 105 Ciento cinco.- Matrimonio de seÒor Jesus Cavazos y Juana Castro.-- En Nuevo Laredo, Tamaulipas, siendo las ocho de la maÒana del dÌa 15 quince de diciembre del mil ochocientos ochenta, comparecieron con el objecto de celebrar contrato civil de matrimonio los seÒores Jes™s Cavazos y Juana Castro, cÈlibres y vecinos de esta, el primero hijo legitimo de los seÒores Jes™s Cavazos de 62 sesenta y dos aÒos de edad, y de Porfiria Guerra, de 58 cincuenta y siete aÒos de edad, casados, dedicada al hogar, priginario el primero de Saltillo, Coahuila y la segunda de Monterrey, Nuevo LeÛn.

El compareciente tiene 27 veintisiete aÒos de edad, nacÌo en Victoria, Texas; la compareciente tiene 30 aÒos de edad y nacÌo en Cerralvo, Nuevo Leon; es hija legÌtima de los seÒores Porfirio Castro y Francisca Gonz·lez, de 68 sesenta y ocho aÒos de edad el primero y de 57 cincuente y siete aÒos de edad, la segunda; nacidos en Cerralvo, Nuevo LeÛn.-- Que este matrimonio se ha publicado conforme a la ley; que no resultÛ impedimento alguno; que los contrayentes son mayores de edad y que bajo todos aspectos probaron sus aptitud legal; el Juez encargado de este Registro leyÛ en voz alta los artÌculos lo. 310 y 30 de la Ley General de 23 de Julio de 1859 mil ochocientos cincuenta y nueve a hizo a los contrayentes las explicaciones contenidas en el ar. 15 de la propia Ley. Luego los interroguÈ a cada uno de ellos expres·ndolos por sus nombres si era su voluntad unirse en matrimonio con el otro y habiendo contestado afirmativamente se declarÛ formalmente en nobre de lal Sociedad quedar concluido y perfecto este contrato civil de matrimonio.

Con lo que concluyÛ el acto siendo testigos por parte de los comparecientes Juan Rodriquez y Ramiro Casas, casados y mayores de edad y por la del Juzgado los CC. JosÈ Doza y Serafin Zepeda, solteros, mayores de edad, siendo los cuatro vecinos de esta. Doy fÈ. Agustin M. Saavedra. Jes™s Cavazos.- Juana Castro.- Juan Rodriguez.- Ramiro Casas.- JosÈ R. Dozal. R™bricas".

Es copia fiel y exacta secada de sus original que certifico y expido a solicitud de parte interesada en Nuevo Laredo, Tamaulipas a la veinte dÌas del mes de febrero de mil novecientos cincuenta y tres. - Doy fÈ.

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